Consejo de las Mujeres del Municipio de Madrid
  Noticias > Noticia

El Supremo eleva de dos a diez años la inhabilitación al juez Serrano por cambiar el régimen de visitas de un niño

13/07/12.- El Tribunal Supremo (TS) ha elevado de dos a diez años de inhabilitación la condena al juez de Familia de Sevilla, Francisco Serrano, que, según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), actuó de manera "negligente" al cambiar el régimen de visitas de un niño para que fuera a una procesión. El polémico juez ha creado una plataforma que denuncia las carencias de la Ley de Violencia de Género

EFE.- El Tribunal Supremo (TS) ha elevado de dos a diez años de inhabilitación la condena al juez de Familia de Sevilla, Francisco Serrano, que, según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), actuó de manera "negligente" al cambiar el régimen de visitas de un niño para que fuera a una procesión.

La sentencia del Supremo, por la que considera al juez autor de un delito de prevaricación y que ha contado con un voto particular discrepante, le implica la pérdida definitiva del cargo que ostentaba y la incapacidad para obtener en 10 años cualquier empleo o función dentro del poder judicial. También se le ha impuesto una multa de 2.160 euros.

El juez Serrano acordó el 30 de marzo de 2010 cambiar el régimen de visitas de un niño de 12 años, con lo que, según el TSJA, actuó de forma imprudente y con "un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real dimensión del conflicto" que existía entre los padres divorciados del menor.

Ahora, la sentencia de la Sala de lo Penal del TS, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez, dice que el juez Serrano, que era titular del Juzgado número 7 de Sevilla, cometió prevaricación dolosa, tal y como alegaba en su recurso la madre del menor, ya que conocía "la competencia de otro juzgado y las medidas adoptadas por el mismo" en contra de la asistencia del menor a la procesión.

El Supremo sostiene que Serrano, que estará diez años inhabilitado especialmente para el cargo de juez o magistrado, "asumió una competencia que no le correspondía y que conocía la de otro juzgado", el cual había resuelto "en un sentido que no era del agrado del padre y su familia".

El actuar del juez Serrano es doloso, insiste el fallo, porque conocía las circunstancias que concurrían al caso y dictó una resolución favorable al padre del menor "con incumplimiento consciente de su deber jurisdiccional, produciendo la resolución injusta".
El voto discrepante

El voto discrepante del magistrado Francisco Monterde, al que se ha adherido el también magistrado Antonio del Moral, señalan que Serrano debía ser absuelto, ya que su conducta "se circunscribe a atender el deseo del menor en orden a la asistencia a un acto procesional, prorrogando en 45 horas la custodia" del padre.

El Supremo no ha aceptado el recurso del propio juez Francisco Serrano que recurrió afirmando que había habido vulneración de derechos fundamentales y del principio acusatorio porque había sido condenado por el TSJA por prevaricación imprudente cuando había sido acusado en la modalidad dolosa de la prevaricación, delito que finalmente el TS le ha aplicado.

En la sentencia del alto tribunal se recuerda que durante el turno de estancia con el padre, se suscitó el deseo del menor de salir en procesión de Viernes Santo, fecha en que debía estar con la madre.

"Conscientes de la denegación" de la prórroga de la estancia del menor con su padre, este y el abuelo junto a unos abogados prepararon "una nueva estrategia" consistente en "canalizar la petición de salida procesional ante el juez de familia Sr. Serrano", relata el escrito.

Además, la sentencia apunta al hecho probado de que el auto por el que se dejaba al menor asistir a la procesión no fue notificado a la madre, que se enteró del hecho por los medios de comunicación cuando se hicieron eco de la resolución dictada.

En algunos medios participaron como comentaristas de la noticia los abogados del padre y el propio juez, calificando éste de "incomprensible" la actitud de la madre.

Sobre este detalle, el voto discrepante sí está en contra y afirma que esa conducta es "incompatible con los deberes que impone la deontología y que merecería ser depurada conforme a las normas disciplinarias aplicables a cada profesional.

Inscripción
Mayor protección para las víctimas de violencia de género en Europa
Vía libre a la custodia compartida
Gallardón confirma que mantendrá el aborto por “daño psicológico” a la mujer”
Detenido un hombre acusado del asesinato de su esposa en Llodio
Consulta Todas las Noticias por Categorias
Cursos Abordaje Pofesional de la violencia de género en las relaciones de pareja
Del 12/06/2013 al 21/06/2013,
Mujeres Opañel
CURSO on line: ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD EN LAS EMPRESAS
Del 30/05/2013 al 30/06/2013,
Federación de Mujeres Progresistas
El Autoempleo. Una oportunidad de acceso al mundo laboral
Del 05/06/2013 al 06/06/2013,de 10 a 14
Consejo de las Mujeres del Municipio de Madrid
ENTREGA VI PREMIO Participando Creamos Espacios de Igualdad
29/05/2013,19.00
Consejo de las Mujeres del Municipio de Madrid
Propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones 2009 a entidades e instituciones de carácter social que desarrollen proyectos para la igualdad de oportunidades en madrid
06/11/2009
Dirección General de Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Madrid
Subvención destinada al establecimiento de Planes de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en el ámbito empresarial, para el período 2009– 2010
30/07/2009
Ministerio de Igualdad

Actos Actos del consejo
CONSEJO DE LAS MUJERES DEL MUNICIPIO DE MADRID | TF: 91 758 64 60 | FAX 91 758 64 66 / 67
C \ SEÑORES DE LUZÓN Nº3, 28013 MADRID | ejecutiva@consejomujeresmadrid.org | COPYRIGHT 2003 MADRID